El 1 de junio de 2021 entró en vigor la nueva tarifa eléctrica denominada 2.0 TD, y con ella se actualizaron los horarios y los precios. Esta nueva tarifa afecta a todos los hogares y negocios con una potencia contratada igual o inferior a 15 kW, y sustituye a todas las anteriores. Desde ese momento, el precio de la luz ha aumentado superando todos los registros. ¿Cómo afecta la subida del precio de la luz a la carga de tu vehículo eléctrico?.

La subida del precio de la luz

¿Qué precios se aplican en la carga del vehículo eléctrico?

Podemos tener las siguientes situaciones:

  1. Carga gratuita (se da cuando cargamos en establecimientos públicos donde nos permiten eralizar la carga del vehículo eléctrico sin coste por usar sus servicios, como puede ser en un centro comercial, un supermercado, un concesionario, un cine, un hotel, etc.).
  2. Cuando tenemos el vehículo estacionado en nuestra plaza de garaje y conectado a la instalación eléctrica de nuestra vivienda (el coste dependerá de la tarifa que tengamos contratada).
  3. Cuando tenemos el vehículo estacionado en una plaza de garaje, pero no conectado a la instalación eléctrica de nuestra nuestra vivienda (tendremos que pagar un contrato nuevo específico, por lo que sale más caro que el caso anterior).
  4. Cuando cargamos en un punto de carga público de pago. En este caso el pago suele realizarse mediante nuestra tarjeta de crédito, asociada a un proveedor (como Iberdrola, por ejemplo) o a un sitio web de puntos de recarga (como Electromaps.com).

Cuando cargamos en casa (situación 2 y situación 3), el coste de la energía va a depender del tipo de tarifa eléctrica que tengamos contratada.

Tipos de tarifas eléctricas

Las tarifas eléctricas pueden ser de dos tipos:

  • Tarifa del mercado regulado o PVPC (precio de la luz voluntario para el pequeño consumidor), que ofrece un precio del kilovatio hora diferente para cada hora del día. Este irá en función de la oferta y la demanda existente en el mercado eléctrico.
  • Tarifa del mercado libre, cuyos precios son fijados por cada comercializadora eléctrica.

A su vez, estas tarifas pueden presentarse sin discriminación horaria o con discriminación horaria. Las tarifas sin discriminación aplican un único precio para cada kilovatio hora consumido a cualquier hora del día, pero mientras el precio de la luz de la tarifa PVPC cambia cada día, el de la tarifa del mercado libre se mantiene constante durante la duración del contrato.

Teslas Supercharguer

Las tarifas con discriminación horaria aplican, desde el día 1 de junio de 2021, tres periodos distintos para el consumo (punta, llano y valle) y dos periodos para la potencia (punta y valle), y han modificado los horarios y los precios, que quedan de la siguiente forma:

  • Horario punta (P1). Se distribuye de lunes a viernes los días laborables, de 10:00 a 14:00 y de 18:00 a 22:00 (un total de 8 horas).
  • Horario llano (P2). Se distribuye de lunes a viernes los días laborables, de 8:00 a 10:00, de 14:00 a 18:00 y de 22:00 a 0:00 (un total de 8 horas).
  • Horario valle (P3). Se distribuye de lunes a viernes los días laborables, de 0:00 a 08:00 (un total de 8 horas), y los fines de semana y festivos nacionales las 24 horas.

Los periodos para la potencia, que hay que tener en cuenta de cara a la subida de la luz, se reparten del siguiente modo:

Según se puede ver en la página web de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el precio de la luz en el mercado regulado (PVPC) ha ido evolucionando de la siguiente manera:

MesPunta (€)Llano (€)Valle (€)Media (€)
PVPC de Octubre de 2021* (provisional)0,3111720,2888560,2685720,268572
PVPC de Septiembre de 2021*0,2821540,2215790,1850030,223176
PVPC de Agosto de 20210,2704930,1748270,1309560,179829
PVPC de Julio de 20210,252170,1565810,1148450,163164
PVPC de Junio de 20210,2428390,1469960,1041050,155761
PVPC de Mayo de 20210,2276820,1312030,0872960,134761
PVPC de Abril de 20210,2261630,1284760,0858440,135182
PVPC de Marzo de 20210,2031810,1053320,0619310,11515
PVPC de Febrero de 20210,1889320,0874420,0392070,093901
PVPC de Enero de 20210,234480,1336180,0739250,126392
PVPC de Diciembre de 20200,1995370,1028740,0581720,109079
PVPC de Noviembre de 20200,1947370,0996140,0582370,108291
PVPC de Octubre de 20200,1890190,0923560,0492990,098601
PVPC de Septiembre de 20200,1927110,0972530,0540230,107019
PVPC de Agosto de 20200,1855680,0905170,0487440,095793

* Con reducción de cargos aplicada desde el 16/09/2021.

Conclusiones

  • El coste por kilovatio hora de consumo ha aumentado mucho con la subida del precio de la luz, pero el de la potencia contratada ha bajado bastante, sobre todo el que está relacionado con la potencia valle.
  • El coste final de la potencia contratada con impuestos incluidos es de más de 30 €/kW/año en el periodo punta (P1) y llano (P2), y de unos 1,50 €/kW/año en el periodo valle (P3).
  • Cargar la batería de nuestro vehículo eléctrico en el horario valle cuesta aproximadamente 5 veces más que hace un año, debido a la gran subida que ha experimentado el precio de la luz. Aun así, sigue siendo más económico circular en un vehículo eléctrico que hacerlo con uno con motor de combustión.
  • Ahora se puede contratar, subir o bajar la potencia eléctrica en múltiplos de 0,1 kW (solo un cambio al año, dos de forma excepcional para 2021).
  • Si tenemos una potencia de 4,4 kW o más, podemos reducirla para los horarios punta (P1) y llano (P2) para ahorrar en la factura, limitando eso sí el consumo instantaneo que podemos tener durante esas horas.
  • En cambio, podemos aumentar la potencia contratada para el horario valle (P3) si tenemos previsto concentrar el consumo de todos los aparatos eléctricos de mayor potencia. Esto beneficia especialmente a los usuarios de vehículo eléctrico, ya que permitirá cargar a mayor velocidad a un coste por kilovatio contratado muy inferior al que teníamos antes con las anteriores tarifas.
  • Reduciendo la potencia contratada para los horarios punta (P1) y llano (P2) y aumentando la potencia contratada para el horario valle (P3), se puede conseguir que la factura apenas varíe su cuantía, con la ventaja de que se puede cargar más rápido el vehículo eléctrico.
  • Hay que tener en cuenta que estas variaciones en la potencia contratada pueden conllevar un coste, tanto para aumentar como para disminuir la potencia contratada. Será gratuito para el primer cambio.
  • Toda instalación tiene asociada una potencia máxima que se puede contratar, que viene indicada en el boletín de la instalación. Si hace menos de tres años se ha bajado la potencia contratada y ahora la queremos volver a subir, en ese caso no se nos va a cobrar.
  • Pero si han transcurrido más de tres años desde que se hicieron esos cambios, o si se pretende aumentar la potencia a un valor que nunca se ha contratado con anterioridad, entonces se nos cobrarán los derechos de acometida.